miércoles, 26 de marzo de 2008

Paquetes de pago en el parto

Se ha puesto de moda entre los obstetras de nuestro país la práctica de cobrar paquetes de servicios aparte de lo que cobran al seguro médico. Estos paquetes tienen costos de $300 hasta más de $600 en algunos casos. Alegadamente, estos paquetes se cobran debido a que el plan o seguro médico no cubre algunas visitas a la oficina, sonografía, pruebas de bienestar fetal, amniocentesis, interpretación del trazado del monitor fetal durante el parto, las evaluaciones en sala de partos o la cesárea, etc.

La realidad es que esta práctica aunque generalizada es ilegal. El contrato de las aseguradoras y los médicos les prohíbe cobrar a las pacientes más allá del deducible establecido por los servicios. Es triste que el proveedor de servicios de salud se aproveche del estado vulnerable en que se encuentra la mujer embarazada para obtener dinero por procedimientos obstétricos que muchas veces no son necesarios y la mayoría de las veces no llegan a realizarse.

De ser necesario algún procedimiento que el plan médico no cubre, se debe justificar el mismo al plan médico y de este negarse a pagarlo, entonces es que se puede cobrar directamente al paciente. Tan concientes están los médicos de que esta es una práctica ilegal, que se niegan a darle recibo a las pacientes cuando lo piden y exigen el pago en efectivo. No basta con que las madres se quejen unas a otras, tienen que tomar acción para que se haga público este fraude, conocido por las aseguradoras y el Comisionado de Seguros. Es necesario que se haga una querella contra el médico a las oficinas del plan médico, otra en el Comisionado de Seguros y en la Procuraduría del Paciente.

Sabemos por la experiencia en nuestros grupos de apoyo a madres lactantes y en los de cesáreas, que muchas mujeres tienen miedo que el médico las abandone o tome represalias en su contra. La relación medico paciente es una fiduciaria. El fiduciario es aquel profesional que posee algún tipo de poder, basado en su capacitación especializada, que debe ser usado para el beneficio de otro. Una relación fiduciaria supone dependencia y confianza, y está sujeta a los más altos estándares de conducta ética. El médico ostenta un poder que deberá utilizar para promover el bienestar del paciente.

Existe un conflicto de intereses cuando en el proceso decisional entran a considerarse uno o varios intereses secundarios incluyendo los incentivos económicos que producen acciones o decisiones que se alejan de las prácticas médicas basadas en evidencia científica y contrarias a los intereses de los pacientes. Sabemos que las aseguradoras de servicios de salud y los hospitales han impuesto limitaciones a las decisiones médicas sobre el diagnóstico y las intervenciones terapéuticas. Esto sin embargo no se debe esgrimir como excusa para faltar a la relación fiduciaria médico-paciente. La clase médica debe negociar mejores contratos que no afecten sus intereses económicos, pero no debe usar mecanismos que condicionan y reducen la fidelidad del médico hacia el paciente a través de una mezcla de medidas para disuadir o coaccionar, que ponen el interés del médico en conflicto con el mejor interés del paciente, produciendo serios conflictos éticos, además de conflictos de fidelidad.

Ana M. Parrilla Rodríguez, MD, MPH, FABM

Referencias:
- Ortiz-Pommier A. Conflicto de intereses en la relación clínica. Rev Chil Neuro-psiquiatr. 2004;42:29-36.
- Ethical Decision Making in Obstetrics and Gynecology. ACOG Committee Opinion no. 390. American College of Obstetricians and Gynecologists. Obstet Gynecol 2007;110:1479-87.
- American College of Obstetricians and Gynecologists. Code of Professional Ethics. In: Compendium of Selected Publications. Washington, DC: ACOG. 2003.
- Hall JK. Law & Ethics for Clinicians. Vega, TX: Jackhal Books. 2002

sábado, 16 de febrero de 2008

Empleadas a jornada parcial abandonadas a su suerte…

La ley 427, según enmendada, establece que la madre trabajadora que labora a jornada de tiempo completo de siete (7) horas y media (1/2) tiene derecho a una hora diaria de licencia de lactancia dentro de cada jornada de tiempo completo, que puede ser distribuida en dos períodos de treinta (30) minutos cada uno o en tres períodos de veinte (20). La madre, durante este periodo, puede acudir al lugar donde se encuentra la criatura a lactarla, en aquellos casos en que la empresa o el patrono tenga un Centro de Cuido en sus instalaciones o para extraerse la leche materna en el sitio habilitado a estos efectos en su lugar de trabajo. Sin embargo, esta Ley no contempla a las empleadas a tiempo parcial.

Es de conocimiento general que las tiendas por departamentos, las megas tiendas, los restaurantes de comida rápida, y otros negocios, prefieren emplear a personas que trabajen a jornada parcial versus a las de jornada completa. Esto abarata los costos de operación ya que se eliminan para estos empleados los beneficios de seguro médico, vacaciones, días por enfermedad y se paga, en la mayoría de los casos, el salario mínimo.

Esta situación afecta enormemente a las madres lactantes que no cuentan con una licencia de lactancia que les permita extraerse su leche cada 3 horas tal y como recomiendan las autoridades sanitarias del tema. De hecho, nos han llegado informes de que a algunas maestras del Departamento de Educación que tienen jornadas de trabajo de 6 horas les indican que el único periodo que pueden utilizar para extraerse leche son sus horas de capacitación. Esto, unido a que no les proveen un lugar adecuado para la extracción de leche, pone a estas madres en una situación de desventaja y atenta contra el mantenimiento de la lactancia. En igual situación, se encuentran muchas de nuestras estudiantes universitarias y de escuela superior quienes no cuentan con legislación que les garantice su derecho a una licencia de lactancia.

Aunque la Ley 155 de agosto de 2002 ordena a todas las dependencias del Gobierno a designar espacios para la extracción de leche excluye, sin embargo, al resto de las trabajadoras del país y no regula dichos espacios. Creemos que es imperativo que se enmiende la legislación existente para que incluya a las madres que trabajan a jornada parcial, garantizándoles una licencia de 30 minutos por cada 4 horas de trabajo o fracción. Además, se debe definir el lugar de extracción como uno seguro, privado y limpio, lo que descarta de plano un baño público. Esta recomendación es cónsona con lo recomendado por UNICEF al Comité para la Protección de la Maternidad de la Conferencia Internacional del Trabajo, en su 88va. Sesión, en Ginebra, en junio de 2000. Nos parece, sin embargo, que se debe añadir, en el lugar de extracción de leche, además de una silla, una tablilla y un receptáculo de electricidad, un lavamanos con agua corriente, así como jabón y papel para secarse. La protección de la lactancia y la salud de nuestras madres y sus niños y niñas no merecen menos.

Ana M. Parrilla Rodríguez, MD, MPH, FABM

lunes, 14 de enero de 2008

SABOTAJE A LAS MADRES LACTANTES…

Desde hace unos años las compañías de leche artificial y las megatiendas y farmacias tienen como práctica dar cupones de promoción con descuento o regalos anunciando sus productos en los recibos de compra. La práctica, aunque parece inocua, tiene como propósito promocionar sus productos e incitar a las madres a que los usen. Esta, aunque no ilegal en nuestro país, es inmoral.

En el 1981 la Asamblea de la Organización Mundial de la Salud aprobó el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna con el objetivo de “Contribuir a proporcionar a los lactantes una nutrición segura y suficiente, protegiendo y promoviendo la lactancia natural y asegurando el uso correcto de los sucedáneos de la leche materna, cuando éstos sean necesarios, sobre la base de una información adecuada y mediante métodos apropiados de comercialización y distribución.” Nótese que lo que se pretende es proteger la lactancia materna y asegurar un uso correcto de los sucedáneos cuando éstos son realmente necesarios y que la comercialización de éstos sea bajo unos parámetros éticos.

Las compañías de leche artificial, de alimentos infantiles y de otros sucedáneos de la leche materna, se especializan en sabotear la lactancia materna usando variadas prácticas de comercialización. Estas saben las posibilidades increíbles de lucro que tiene el mercado de la alimentación infantil. La industria de alimentos infantiles es una muy lucrativa; se estima que ésta generó más de 25,000 millones de dólares en el 2006. La leche artificial (fórmula) compone el 64% del total de estas ventas, representando $16,000 millones en ganancias. Para generar esta cantidad de ganancias la industria no escatima en estrategias de mercadeo de sus productos.

En un estudio que realizáramos recientemente, un inventario de 32 marcas y tipos de fórmula de EEUU en una tienda por departamentos en Puerto Rico en enero de 2006, demostró que el costo mensual de la fórmula más barata fue de $77.24 y de la más cara $294.13. Usando el número de nacimientos vivos en Puerto Rico para el 2003, un total de 50,803, en un escenario conservador donde el 15% de estos niños fueran alimentados con fórmula, estimamos que el costo anual de la compra de fórmula y una hospitalización por diarreas alcanza de $14,279,809.85 a $34,113,401.65. En el mejor escenario en donde a todos los infantes se les diera leche materna durante su primer año de vida la industria de la leche artificial tendría unas pérdidas económicas de $47,089,211.52, asumiendo solamente el costo de la fórmula más barata.

El Código no es una ley y su implantación legislativa es obligación de los gobiernos y su cumplimiento es obligación, además, de las organizaciones no gubernamentales, los grupos profesionales, las instituciones, los individuos interesados y los fabricantes y distribuidores. En Puerto Rico aparte de la Ley 79, la cual prohíbe el suministro de sucedáneos de la leche materna a los recién nacidos en los hospitales, a no ser por indicación médica o consentimiento de la madre, no existen leyes que adopten el Código y regulen la comercialización de la industria de alimentos infantiles. No hay que esperar a que el Código se convierta en ley; se puede actuar ahora removiendo toda promoción de leche artificial o productos suplementarios de las oficinas y hospitales y denunciando las prácticas inescrupulosas de las compañías. NO seamos cómplices del sabotaje a la lactancia materna y al amamantamiento. El Código es sólo una herramienta, no sirve de nada si no se pone en práctica; todos debemos jugar un papel importante en fomentar el que se adopte legislación que implante la práctica del Código.

Ana M. Parrilla Rodríguez, MD, MPH, FABM

Fuentes y referencias:
Parrilla-Rodríguez AM, Pérez-Hernández E, Dávila-Torres RR, Rodríguez-Reyes Z. The Economic Impact of Purchase of Artificial Milk and Admission for Diarrheal Disease of the Personal Income of Puerto Rican Families. [Abstract]. Breastfeeding Medicine 2007;2:190.
http://www.draparrilla.com/pdf/economic_impact.pdf

Parrilla Rodríguez, A.M., & Gorrín Peralta, J.J. Aspectos Éticos en la Promoción de la Lactancia Humana y el Amamantamiento. Puerto Rico Health Sciences Journal, 19,145-151.
http://www.draparrilla.com/pdf/aspectos-eticos-lactancia.pdf

Organización Mundial de la Salud. Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna. Ginebra 1981.

Para más información sobre el Código y las violaciones a este visitar:
http://www.ibfan-alc.org/codigo-internacional.html
http://www.promani.org/ibfanpr.html
Este trabajo por Ana M. Parrilla-Rodríguez tiene una licencia bajo Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 Unported (CC BY-NC-ND 3.0)

sábado, 24 de noviembre de 2007

“AFÍRMALO EN CINCO MINUTOS… NO MAS VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES”

Con este lema la Oficina de la Procuradora de las Mujeres promueve este lunes 26 de noviembre a las 10am, una actividad en la cual por cinco minutos se leerá una proclama de denuncia y reclamo de cese de la violencia contra las mujeres. La violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones no puede justificarse, sea esta física, sexual, moral o psicológica. La violencia contra las mujeres es producto de la desigualdad de género en una sociedad que nos discrimina y nos coloca en una situación de inferioridad y subordinación frente a los hombres por el mero hecho de ser mujeres.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, conocida como Convención de Belem do Pará, plantea que esta violencia surge de “las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”. Esta violencia no es un problema individual sino más bien social.

Un tipo de violencia que pasa desapercibida en la sociedad es la violencia en el parto y en el nacimiento. En este tipo de violencia moral y muchas veces física, se utiliza la condición de madre de la mujer para violentarle sus más mínimos derechos humanos durante el embarazo y el parto. El desbalance del poder entre el médico/a y la mujer y el monopolio de la prestación de servicios del parto por parte de los/as obstetras crea una situación de indefensión entre las mujeres ante su proveedor/a. ¿Cuáles son las formas de violencia en el parto? La medicalización del parto normal con el uso excesivo de la tecnología e intervenciones quirúrgicas, la restricción de movimiento, el uso continuo del monitor electrónico, la prohibición de las doulas o acompañantes del parto, la episiotomía de rutina, la prohibición de ingerir alimento, la soledad y desamparo, la escasez de alternativas no farmacológicas para aliviar el dolor, la separación de la pareja, el rompimiento del vínculo mamá-bebé y el no permitir intentar un parto vaginal después de una cesárea son algunas de las manifestaciones de esta violencia.

Esta violencia no se mide y no se toma en consideración el efecto perjudicial que tendrá en la díada. Como bien señalaran los autores del video “Callate y pujá” – La violencia ejercida en cada nacimiento sigue sembrando la violencia en el mundo. La violencia en el parto no es un asunto privado, ya que se trata de una violación de nuestros Derechos Humanos. El estado está obligado a garantizarnos a todas el derecho a tener un parto libre de violencia en donde se nos permita tomar decisiones informadas, sin presiones ni atropellos. En donde se respeten estas decisiones y no se juegue con nuestros sentimientos.

Recordemos las palabras de la activista y escritora Suzanne Arms: “Sí anhelamos crear un mundo sin violencia donde el respeto y la ternura logren reemplazar el miedo y el odio, debemos comenzar con el trato que nos damos al comienzo de la vida. Pues es ahí donde se cimientan nuestros patrones más profundos. A través de estas raíces crece el temor y la enajenación o el amor y la confianza.”

Nos unimos a esta campaña en contra de la violencia y los/as exhortamos a que afirmen en cinco minutos TODOS los días… ¡NO MAS VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN EL PARTO!”

Ana M. Parrilla Rodríguez, MD, MPH, FABM

Fuentes:
http://www.promani.org/
http://www.elpartoesnuestro.es/
http://www.motherfriendly.org/
http://www.iidh.ed.cr/documentos/pedagogicasorganismos/cefemina%20costa%20rica.htm

Este trabajo por Ana M. Parrilla-Rodríguez tiene una licencia bajo Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 Unported (CC BY-NC-ND 3.0)

jueves, 8 de noviembre de 2007

En peligro el inicio de la lactancia

En los últimos años he oído muchos testimonios de madres con dificultad para iniciar la lactancia debido a los problemas relacionados con la medicalización excesiva del parto. La evidencia científica señala que la medicalización del proceso reproductivo afecta el inicio de la lactancia. Muchas de las prácticas médicas utilizadas por nuestros obstetras pueden tener un efecto negativo sobre el inicio y mantenimiento de una lactancia exitosa. Toda vez que algunas de esas prácticas no están basadas en evidencia científica, su uso a menudo excesivo en nuestro medio ambiente requiere que la madre se prepare para dialogar con su proveedor obstétrico sobre la preferencia de ésta en cuanto a su utilización.

Una parte esencial de la preparación de una madre para amamantar es el apoderamiento de ésta para recuperar el protagonismo que le corresponde en la realización de su parto. La medicina paternalista, donde el proveedor toma las decisiones unilateralmente, debe quedarse en el siglo pasado. En el nuevo milenio, la mujer debe retomar el control del proceso reproductivo. La óptima relación entre el médico y la madre embarazada debe ser una de colaboración y participación en la toma de decisiones. Los beneficios para ambas partes de este modelo han quedado demostrados.

La elevada tasa de cesáreas, el uso rutinario del monitor electrónico, las inducciones electivas, el uso de analgesia/anestesia farmacológica, el uso indiscriminado de la episiotomía, y la separación de la madre y su bebé son algunas de la prácticas que pueden afectar la lactancia. Esto unido a las pocas destrezas y conocimientos que tienen los proveedores hospitalarios de salud para ayudar a la madre son los responsables de que muchas madres no den el pecho a sus bebés en el hospital o lo den de forma parcial.

En nuestro país existen leyes que protegen el derecho de la madre a alimentar a su bebé con su leche como lo es la ley 79 de 2004, la cual prohíbe el suministro de sucedáneos de la leche materna a los recién nacidos, en los hospitales, a no ser por indicación médica o consentimiento de la madre. Contamos a además con la ley 156 de 2006 que requiere entre otras cosas que se provean alternativas que protejan tanto a la madre como a su bebé en sus aspectos físicos, biológicos y psicológicos. Refuerza además la política pública de la lactancia, reiterando la obligación de orientar a la madre y al padre sobre los beneficios del amamantamiento. También se garantiza el alojamiento conjunto de la madre y su recién nacido en la institución hospitalaria donde tuvo lugar el parto, y el respeto a la decisión de la mujer de proveer como único alimento para su bebé la leche materna.

La vigilancia del cumplimiento de estas leyes no ha sido efectiva y muchas madres y padres no tienen los recursos para radicar las querellas y validar sus derechos con las autoridades correspondientes. Hasta que el estado no haga que estas leyes se cumplan a cabalidad el inicio de la lactancia y el parto humanizado estarán en peligro.
Ana M. Parrilla Rodríguez, MD, MPH, FABM